¿Qué es y para qué sirve una DO?

Empecemos por definir el concepto Denominación de Origen: “el sistema utilizado en España para el reconocimiento de una calidad diferenciada, consecuencia de características propias y diferenciales, debidas al medio geográfico en el que se producen las materias primas, se elaboran los productos, y a la influencia del factor humano que participa en las mismas”.

Simplificando, sería un sistema de clasificación de calidades, no exclusiva para el vino sino también para bebidas espirituosas (brandy de Jerez, orujo de Galicia o hierbas de Mallorca) y productos agroalimentarios (aceite de L´Empordà, queso Idiazábal, jamón de Teruel o miel de la Alcarria). Todos ellos son productos de calidad diferenciada y por lo tanto protegidos.

¿Qué se intenta proteger? Además de la procedencia geográfica del producto, es decir, el territorio, su calidad, características especiales así como los factores vinculados a su elaboración y renombre.

Las Denominaciones de Origen nacen en Europa, continente con más tradición vitivinícola del mundo, donde muchas comarcas se han convertido en regiones productoras relevantes por la vinculación entre territorio, viñedo y factor humano. Así, el origen de ese sistema surgió para proteger las culturas vitivinícolas específicas de cada zona.

Entender el concepto es más fácil que entender su legislación, y más si tenemos en cuenta las idas y venidas de reglamentos, leyes, ordenanzas y disposiciones, tanto españolas como de la Unión Europea.

Un poco de historia

Las Denominaciones de Origen empezaron a reglamentarse en los años 30 del pasado siglo. Las primeras autorizadas se aprobaron en 1932: Jerez-Xères-Sherry, Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda, Málaga, Montilla-Moriles, Rioja, Tarragona, Priorato, Alella, Utiel Requena, Valencia, Alicante, Ribeiro, Cariñena, Penedés, Condado de Huelva, Valdepeñas, La Mancha, Navarra y Rueda.

Desde entonces hasta hoy, en España ha habido dos importantes regulaciones en materia de vino. El Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes de 1970 y la Ley del Vino del año 2003, que derogó la anterior. Y entre tanto, reglamentos y decretos a nivel europeo. Como curiosidad, comentar que la última ley estableció que el vino era un alimento y no solo una bebida producto de la fermentación de la uva. En la actualidad, y respecto a las Denominaciones de Origen, los vinos españoles están sujetos a un reglamento europeo que implantó una nueva regulación hace unos años.

Descifrando el sistema

Todos los vinos se clasifican en dos grandes grupos: las DOP (denominación de origen protegida) e IGP (indicación de origen protegida). Si alguno de vosotros recuerda las iniciales vcprd (vinos de calidad producidos en regiones determinadas) de las contra etiquetas, que sepa que esa clasificación ya no existe. Además, el organismo encargado de otorgar tal categoría es la Comisión Europea.

1- Vinos con DOP: el 100% de las uvas se obtienen de variedades vínicas pertenecientes a Vitis vinífera, tienen que proceder exclusivamente de la zona geográfica de producción y su elaboración debe tener lugar dentro de esa zona.

2-Vinos con IGP: al menos el 85% de las uvas procede exclusivamente de la zona geográfica -pueden ser Vitis vinífera y otras-, y su elaboración tiene lugar en el área geográfica, pero no obligatoriamente todo su proceso de elaboración.

Esta es el esquema de la clasificación que existe en España y el número de regiones amparadas legalmente en la actualidad:

¿Qué es un Consejo Regulador?

Para administrar cada categoría existen diferentes organismos. El más importante es el Consejo Regulador, órgano de gestión de las denominaciones de origen y de las denominaciones de origen calificadas. Los vinos que no están clasificados en estas dos categorías dependen de las administraciones públicas locales o instituciones especiales autorizadas a ello.

En cualquier caso, el objetivo general de un Consejo Regulador es la representación, defensa, garantía, investigación y desarrollo de mercados, y promoción tanto de los vinos amparados como del nivel de protección. Y además: califica las añadas, establece los criterios de los rendimientos y límites máximos de producción, elabora estadísticas de producción, elaboración y comercialización para su difusión general o establecer el sistema de control y certificación.

El concepto de Denominación de Origen se cuestiona en muchas ocasiones tanto por su utilidad, la rigidez de sus normas, la falta de flexibilidad en la producción de vino y la plantación de viñedos. El debate sigue abierto…